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COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

La Corporación Autónoma Regional de La Guajira se permite informar:

Que la convocatoria para elegir al representante de las comunidades indígenas ante el consejo directivo para el período 2020 -2023, que la Corporación Autónoma Regional de La Guajira venía adelantando en cumplimiento de la sentencia de tutela de primera instancia, del 10 de diciembre de 2019, expedida por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Riohacha, ha dejado de surtir cualquier clase de efectos, en virtud de la decisión de segunda instancia proferida por el Tribunal Administrativo de La Guajira, fechada 6 de febrero de 2020, providencia que revocó en todas sus partes la sentencia del Juzgado Primero Administrativo de Riohacha, que había invalidado el acto de elección del 7 de noviembre de 2019, que declaró elegida a ZOILA BRITO INCIARTE, y su suplente MARÍA ALEJANDRA ALMAZO, como representantes de las comunidades indígenas ante el consejo directivo para el período 2020 – 2023, y había ordenado rehacer el proceso de elección.

En consecuencia, acatando los efectos jurídicos de la sentencia de tutela de segunda instancia dictada por el Tribunal Administrativo de La Guajira, que declaró improcedente las acciones de amparo que habían provocado la cesación de la validez de elección del 7 de noviembre de 2019, informa a todos los interesados y ciudadanía en general, que la reunión de elección del    representante de las comunidades indígenas ante el consejo directivo    para el período 2020 – 2023, convocada para el 11 de febrero de 2020, queda CANCELADA; así mismo, se dejan sin efectos todas las actuaciones, trámites y procedimientos que se hubieren adelantado, para dar cumplimiento a la sentencia de tutela de primera instancia, del 10 de diciembre de 2019, expedida por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Riohacha, objeto de revocación.

Por todo lo anterior, se informa a las autoridades tradicionales, cabildos gobernadores, líderes indígenas y toda organización interesada en este proceso, que no es procedente realizar el acto de elección previsto en la convocatoria para el 11 de febrero de 2020.

 


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