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Multa de $77.124.281 deberá pagar Municipio de Fonseca, por continuar utilizando el sitio de disposición final de residuos sólidos

 

Por medio de la Resolución 00584 del 16 de Mayo de 2012, Corpoguajira cerró una investigación administrativa – ambiental contra el Municipio de Fonseca, entidad que fue sancionada con una multa de $77.124.281 por continuar depositando  basuras, en el sitio de disposición final.

 Entre los resultados de las visitas hechas por funcionarios de la Corporación se pudo determinar que en el Municipio de Fonseca, siguen arrojando  basuras en el sitio de disposición final, con lo cual se está violando lo establecido en la normatividad ambiental, adicionalmente con ello hay un evidente deterioro paisajístico y se pone en grave riesgo el alcance óptimo del objeto convenido para el cierre, clausura y restauración ambiental, toda vez que se aumenta la capacidad del Botadero a Cielo Abierto (BACA),  poniendo en riesgo la estabilidad del proyecto.

“Debido al alto grado de contaminación generada por el incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental  y  a la disposición no autorizada en el BACA, se  pone en riesgo la continuidad del cierre y restauración ambiental de de este lugar:    Por esta razón hemos emprendido las  acciones legales, administrativas y jurídicas pertinentes contra el municipio de Fonseca y determinar la posibilidad de suspender o paralizar las actividades del clausura, hasta tanto no se superen los impases generados en aras de la óptima ejecución del convenio”, explicó Jaime Pinto Bermúdez, Director (E) de Corpoguajira.

 

 Que mediante Auto No. 535 del 22 de agosto de 2011, la Subdirección de Calidad  Ambiental de esta entidad  formuló pliego de cargos en contra del Municipio de Fonseca, debido a esta situación y por no aportar  información requerida por esta entidad.  Agotado el proceso probatorio,  no se  aportaron pruebas a la Corporación, ni se solicitó la práctica de estas.

 La sanción impuesta  no exime al Municipio de Fonseca del cumplimiento de las normas sobre protección ambiental o manejo de los recursos naturales renovables.

 Como máxima autoridad ambiental en la jurisdicción, Corpoguajira no puede mantenerse ajena a esta clase de situaciones, mediante omisiones administrativas en materia de vigilancia ambiental, ya que no existe argumentación alguna que pueda justificar la acción en que incurrió el Municipio de Villanueva, al no acatar lo dispuesto en la normatividad ambiental. 

 Contra la sanción  procede el recurso de reposición, el cual se puede interponer dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, la cual se realizó el 4 de Junio de 2012.


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