Por medio de la Resolución 0581 del 16 de mayo de 2012, Corpoguajira cerró una investigación administrativa – ambiental contra el Municipio de Villanueva, entidad que fue sancionada con una multa de $70.829.016, debido a la indebida disposición de residuos sólidos, violando con esto lo contemplado en la normatividad ambiental.
Luego del cierre del Botadero a Cielo Abierto (BACA) de esta población, se desarrolló un convenio entre Corpoguajira, FONAM y el municipio de Villanueva, cuyo objeto fue la operación transitoria para la clausura y restauración ambiental del BACA, cuyas obras las desarrolló el consorcio BEMODA 2. Las obras y actividades del convenio se desarrollaron a cabalidad, se clausuró y restauró ambientalmente más del 90% del predio quedando una celda activa para la operación transitoria mientras se construye el Relleno Regional del Sur de La Guajira.
Sin embargo a través de visitas técnicas realizadas por funcionarios de la Corporación, se evidenció que la celda transitoria se encontraba colmatada, llena de residuos y que además muchos de ellos fueron dispuestos por fuera de este lugar, incluso en la vía de acceso interna a la misma.
Mediante Auto No. 728 de fecha 30 de Noviembre de 2011, la Subdirección de Calidad Ambiental de esta entidad formuló pliego de cargos en contra del Municipio de Villanueva – La Guajira, debido a esta situación. Agotado el proceso probatorio, no se aportaron pruebas a la Corporación, ni se solicitó la práctica de estas.
“Son muchos los efectos causados por la indebida disposición de estos residuos, los cuales son causantes de contaminación a los recursos naturales y el ambiente, adicionalmente generan la proliferación de animales portadores de microorganismos que transmiten enfermedades a toda la población”, manifestó Jaime Pinto Bermúdez, Director (E) de Corpoguajira.
Como máxima autoridad ambiental en la jurisdicción, Corpoguajira no puede mantenerse ajena a esta clase de situaciones, mediante omisiones administrativas en materia de vigilancia ambiental, ya que no existe argumentación alguna que pueda justificar la acción en que incurrió el Municipio de Villanueva, al no acatar lo dispuesto en la normatividad ambiental.
En contra del acto administrativo expedido por Corpoguajira, procede el recurso de reposición, que se podrá interponer dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, la Resolución fue notificada por edicto, desfijado el día 21 de Junio de 2012 a la Administración Departamental.






























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