«Dando cumplimiento a la orden impartida por la Juez Primero Laboral del Circuito de Riohacha, mediante fallo de tutela No. 29 fechado 24 de Septiembre de 2015, bajo el radicado 44-001-31-05-001-2015-00159- 00, se excluye en la presente convocatoria el cumplimiento del requisito expresamente consagrado en el literal b) del artículo 2.2.8.5.1.2 del Decreto 1076 de 2015, relacionado con: «Certificación expedida por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, sobre la existencia de territorios colectivos legalmente titulados o en trámite de adjudicación a las comunidades negras de la respectiva jurisdicción», y se convoca a los Consejos Comunitarios de las Comunidades Negras asentados en el área de jurisdicción de Corpoguajira así:»
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.