
La decisión fue tomada por la máxima autoridad ambiental de La Guajira, luego de constatar a través de una visita técnica al sitio donde se encuentra la infraestructura del proyecto turístico Parque Lineal de la Laguna Salá, la caída de un árbol (mangle negro), originada por la poda de sus raíces principales, lo cual causó el debilitamiento de su parte basal.
Durante la inspección, se evidenció además una gran cantidad de escombros y residuos sólidos amontonados en varios puntos a la entrada y costados de la obra, se presume que este material es para relleno y construcción, sin embargo, se encuentra por fuera de la zona delimitada por la estructura de gaviones, rodeando a varios árboles del área, por encima de su DAP (Diámetro a la altura del pecho) natural. Todos estos factores aumentan la sedimentación del humedal; situaciones que evidencian un mal manejo ambiental del proyecto.
Por todo lo anterior, Corpoguajira decidió imponer la medida preventiva en contra del Departamento de La Guajira, por ser el ejecutor del proyecto, consistente en la suspensión de las actividades que se desarrollan en el Parque Lineal de la Laguna Salá, hasta que se presenten las evidencias de haber cumplido con la compensación por la caída del árbol, la cual corresponde a la siembra de diez individuos de la misma especie en el área afectada; se inicie el proceso de sensibilización y formación ambiental, que permita a la comunidad dar un uso adecuado al ecosistema de la laguna Salá y se adelanten las acciones para recoger y disponer adecuadamente todos los materiales que se encuentren ocupando espacios de interés público y en las áreas por fuera de los linderos del proyecto.
La medida preventiva impuesta es de ejecución inmediata, tiene carácter preventivo y transitorio; su incumplimiento total o parcial será causal de agravación de la responsabilidad en materia ambiental.






























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