Em conformidade com a ordem, na tutela, fundada pelo Sr. EVARISTO DE ARMAS CÓRDOBA contra regional autónoma CORPORATION Guajira- Que en su numeral NOVENO ordena: Como quiera que los Consejos comunitarios que se encuentran participando en el proceso de selección de representante ante la Junta Directiva de Corpoguajira pueden tener interés en el resultado de la presente acción, se dispone VINCULARLOS como terceros. Em consequência, con el fin de que ejerzan su derecho de defensa, SE ORDENAN a CORPOGUAJIRA, que publique durante las cuarenta y ocho (48) horas, en su respectiva pagina WEB, la presente acción de tutela, asì como el auto admisorio, informando que los vinculados podrán presentar sus manifestaciones respecto de los hechos, presentar y controvertir pruebas dentro de las 48 horas siguientes a la desfijaciòn de la Publicación. CORPOGUAJIRA deberá remitir constancia de cumplimiento de lo ordenado en este ordinal.
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