Through Resolution 1750 the 12 October 2011, Corpoguajira closed the administrative investigation – Environmental against the Colombian Institute for Rural Development – INCODER- and declared it responsible entity did not carry, or executed the activity set out in the Environmental Management Plan, in connection with the filling of the reservoir, by not complying with the technical and environmental criteria to be applied in the development of forest management activities, clearing and stripping of vegetation cover. As part of the penalty, INCODER, shall pay a fine of $738.004.064.
In this situation, INCODER, solicitó que fueran tutelados los derechos fundamentales al debido proceso de defensa y buena fe, requiriendo a Corpoguajira declarar nulo el proceso sancionatorio en un término de 48 hours.
El tribunal contencioso administrativo, declaró improcedente esta acción de tutela, por considerar que la entidad accionante cuenta con otro medio de defensa judicial o reclamación para lograr la nulidad de las resoluciones atacadas.
Adicional a lo anterior manifiesto que el trámite dado en el proceso ambiental seguido por Corpoguajira se hizo bajo la observancia de los principios constitucionales al debido proceso y a la defensa, por cuanto la sanción impuesta por la autoridad ambiental obedece a las pruebas y consideraciones jurídicas tenidas obrantes en la investigación.
De acuerdo al fallo de la tutela, no corresponde a un Juez Constitucional, conocer de la nulidad de los actos administrativos en mención.
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