La decisión fue tomada por el incumplimiento a la licencia ambiental y por violar diferentes requerimientos hechos por la Corporación, en aras de proteger el medio ambiente y los recursos naturales.
CI Grodco S.C.A, no ha reportado a Corpoguajira el volumen mensual del material extraído del río Cotoprix, para verificar el cumplimiento de lo establecido en la licencia ambiental y plan minero. Tampoco se han ejecutado, durante las actividades de arrastre, las obras de protección en las márgenes que se encuentran afectadas por la erosión.
Otros incumplimientos identificados por funcionarios de la Corporación son: no reportar las actividades de monitoreo de los recursos intervenidos en la actividad minera; no arborizar o reforestar la margen lateral local del río Cotopix y no ejecutar las medidas y acciones propuestas en el programa de manejo en el aprovechamiento del material pétreo, de emisiones atmosféricas y sólidos suspendidos.
La formulación de los cargos, se oficializó a través del Auto 155 del 21 de marzo de 2013. Por medio del acto administrativo también se negó la cesación del procedimiento sancionatorio ambiental, solicitado por CI Grodco S.C.A, debido a que la petición no cumple con ninguna de las causales de este proceso. La empresa tiene un período de diez días para que presente sus descargos y aporte o solicite la práctica de pruebas que considere pertinentes en el marco de la investigación ambiental.
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